Efectivamente, somos nosotros mismos, los que ya participamos de nuestra herencia en Cristo, los que debemos hablar el evangelio a los gentiles. Y ¿quiénes son “los gentiles” para nosotros?: pues nuestros vecinos, nuestros amigos, nuestros familiares inconversos. Nosotros tenemos una responsabilidad con esto. Y recordemos que no solo se predica con la boca, también se predica con el ejemplo, con las actitudes, etc, etc.
“la fe viene por el oír”, y es a través de este oír la palabra por lo que “el evangelio de salvación” llega a los gentiles y por lo que la gente se salva.
El segundo paso, debe ser creer en ese evangelio predicado. El evangelio es Cristo y Cristo es el evangelio, por lo que aquí el énfasis está en que se debe creer en Cristo y en su obra. Y el hecho de que se debe creer en Cristo como paso previo a la salvación también lo vemos respaldado a lo largo de toda la escritura, pero quizá hay un versículo clave, que nos gusta mucho a los evangélicos y que hacemos nuestro rápidamente, que muestra esto con gran precisión. ¿Alguien sabe de qué versículo estoy hablando?. Efectivamente es Jn.3:16. ¿Quién puede recitármelo?.
Pues bien, el hecho de creer en Cristo, después de haber oído su evangelio es necesario para que suceda el tercer paso, es decir, el ser “sellados con el Espíritu Santo de la promesa”.
En el versículo 14 también se nos dice que el Espíritu Santo que nos sella, es “las arras de nuestra herencia”. En el versículo 11 nos decía que “en Jesús tenemos herencia”. Esta herencia es la vida eterna, la salvación del alma, que se nos predica en toda la Biblia. Esta herencia no la hemos ganado, sino que nos corresponde en tanto en cuanto somos hijos “reales” de Dios. Es un derecho adquirido por la pura voluntad de Dios. Pues bien, el Espíritu Santo es las arras (del griego “arrabwn”, arrabon) de esta herencia. Arras en el sentido griego, con el significado de “señal” que confirma la compra de un terreno, de una casa o de un objeto de cierto valor. Antiguamente se podía dar como parte anticipada del precio que debía pagar el comprador por aquello que había de ser suyo al completar la transacción y aún hoy se usa en transacciones inmobiliarias cuando hacemos el “contrato de arras”.Aquí vemos que el Espíritu Santo, no solo garantiza nuestra herencia futura, sino que él mismo, Dios “dado” a los hombres, es parte esencial de esa herencia.
El creyente, sea judío o gentil, que ha sido sellado con el Espíritu Santo, es una posesión del Señor nuestro Dios, no nos podemos considerar “nuestros” sino que debemos considerarnos “suyos”, porque Dios nos ha comprado para sí mismo con la sangre de su Hijo y hasta el día de la redención, y ha dado como “señal” de dicha compra al Espíritu Santo.